La resolución del Banco Central de la República Argentina permite que las entidades puedan debitar directamente de los saldos de cuentas en bancos o billeteras virtuales, aunque con autorización expresa.
La abogada Patricia Almirall (@tipsdeabogada) llevó tranquilidad a los que tienen tomados préstamos tanto en entidades financieras como a través de billeteras virtuales al señalar que para que esas entidades puedan debitar de los saldos en cuentas bancarias o virtuales deberán contar con la expresa autorización del deudor y explicó que para que ello ocurra la resolución A 8406 establece plazos acotados.
Durante una entrevista en el programa Entrando en Órbita, destacó que las entidades acreedoras tendrán un plazo de 48 hs. a partir de la autorización del deudor y hasta 96 hs. permitiéndose un intento inicial de cobro y hasta dos reintentos automáticos en caso de no haber fondos.
Autorización expresa
En otra parte de la charla con Osvaldo Medina y Gabriela Hassan, Almirall señaló que la entidad debe enviar una notificación electrónica al cliente un día hábil antes de efectuar el débito.
Escuchá aquí la entrevista completa a la abogada Patricia Almirall, en radio Halley:























